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¿Cómo me puedo divorciar por la Iglesia?

Foto del escritor: José Antonio Torres José Antonio Torres

Actualizado: 6 jul 2024

El divorcio es la disolución del vínculo matrimonial, contraído ante el Estado. Es decir, la legislación permite el divorcio civil.


La Iglesia Católica es una de las pocas instituciones en el mundo que en la actualidad no permite el divorcio. El matrimonio católico supone un vínculo indisoluble, por tanto, no existe el llamado “Divorcio eclesiástico”.


Sin embargo, la Iglesia Católica prevé la separación temporal de los cónyuges en determinados casos (por ej. en casos de violencia), sin disolver el vínculo matrimonial.


También el derecho canónico, que es el derecho de la Iglesia, prevé la Anulación Matrimonial, mediante un juicio especial ante el Tribunal Eclesiástico de tu diócesis. La nulidad matrimonial no equivale a un divorcio, sino que se juzga la existencia del vínculo matrimonial desde el momento que se contrajo y se puede declarar la inexistencia de ese vínculo, es decir, la nulidad, si se comprueban determinadas causales previstas por el derecho canónico o si el matrimonio se contrajo bajo determinados impedimentos.


Si tienes dudas sobre la nulidad matrimonial o si estás pensando en comenzar el proceso de anulación, ¡Contáctanos! Podemos ayudarte.


Puedes contactarnos a través de nuestra página web, o en este enlace.


¡Podemos ayudarte! Resolvemos tus problemas familiares con sentido humano.



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