Si te casaste por la Iglesia Católica, el matrimonio es para siempre, “hasta que la muerte los separe”. Sin embargo, algunos matrimonios pueden ser declarados nulos (inexistente), anularse, si antes, durante o inmediatamente después del matrimonio, se encuentran hechos que determinan la ausencia o vicio de consentimiento de alguna de las partes, o bien, impedimentos para contraer matrimonio, o incluso defectos en los requisitos formales para contraer matrimonio.
Ahora bien, el organismo encargado de determinar estos hechos formalmente, es el Tribunal Eclesiástico de la diócesis en la que vives o el de la diócesis en la que contrajiste matrimonio.
Si tienes dudas sobre la validez de tu matrimonio o estás pensando en comenzar tu proceso de nulidad matrimonial, podemos ayudarte. Contáctanos, con gusto te orientamos.
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