De acuerdo a la reforma del Papa Francisco (2015) se establece que las Conferencias Episcopales deben cuidar que “en cuanto sea posible, y salvada la justa y digna retribución de los operadores de los tribunales, se asegure la gratuidad de los procesos, para que la Iglesia, mostrándose a los fieles como madre generosa, en una materia tan estrechamente ligada a la salvación de las almas, manifieste el amor gratuito de Cristo, por el cual todos hemos sido salvados”.
“En cuanto sea posible, y salvada la justa y digna retribución de los operadores de los tribunales, se asegure la gratuidad de los procesos, para que la Iglesia, mostrándose a los fieles como madre generosa, en una materia tan estrechamente ligada a la salvación de las almas, manifieste el amor gratuito de Cristo, por el cual todos hemos sido salvados”. (Cfr. Papa Francisco, Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus).
Es decir, en principio, se tiende a la gratuidad de los procesos (“en cuanto sea posible”). Algunos tribunales piden una módica aportación para la recuperación de gastos y la justa y digna retribución de los operadores de los tribunales.
Lógicamente si contratas a un abogado privado, es muy posible que cobre honorarios por su trabajo.
Si requieres ayuda en tu proceso o tienes alguna duda, puedes contactarnos a través de nuestra página web, o en este enlace.
¡Podemos ayudarte! Resolvemos tus problemas familiares con sentido humano.
Photo by FRANCESCO TOMMASINI on Unsplash
#divorcioconsentidohumano #abogadofamiliar #separacion #familia #Mty #spgg #slp #matrimonio #nulidadmatrimonial #anulacion #preguntasfrecuentes #abogado #canonico #derechodefamilia